Las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas en el Boletín Oficial, actualizan el diseño y las medidas de seguridad del DNI y del Pasaporte argentino desde el 1° de febrero de 2026, en línea con las recomendaciones de la OACI y sin afectar la validez de los documentos vigentes.
La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) aprobó una actualización integral de las características técnicas y de seguridad del Documento Nacional de Identidad (DNI) electrónico y del Pasaporte argentino. La medida fue formalizada mediante las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas este viernes en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia a partir del 1° de febrero de 2026.
La decisión se inscribe en el proceso de modernización documental que impulsa el organismo, con el objetivo de adecuar los documentos argentinos a estándares internacionales, reforzar los mecanismos de seguridad y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la identidad. En particular, la actualización responde a las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), establecidas en el Documento 9303, que regula los documentos de viaje de lectura mecánica.
En el caso del DNI electrónico, los cambios aprobados por la Disposición 55/2026 se concentran en la actualización del diseño visible y de las medidas de seguridad de Nivel 1, así como en ajustes en los datos consignados en el anverso y el reverso de la tarjeta. Para ello, se sustituyeron los anexos vigentes desde 2023, incorporando nuevos elementos gráficos nacionales y mejoras en las impresiones de seguridad, como fondos irisados, guilloches, modulaciones de línea y diseños numismáticos. También se suman ventanas transparentes con formas no coincidentes, hologramas integrados, grabados láser táctiles, repetición de la fotografía en formato de imagen fantasma y recubrimientos transparentes sobre el retrato.


En paralelo, se redefinió el esquema de verificación visual inmediata del DNI con la aprobación de un nuevo Anexo de seguridad Nivel 1. Entre las novedades se destaca la incorporación y estandarización del código QR en el reverso, la reorganización de símbolos y referencias identitarias —como el mapa bicontinental, las Islas Malvinas y emblemas naturales— y una mayor integración entre el diseño gráfico y los datos personalizados del titular.
La normativa aclara que no se modifican las medidas de seguridad de Nivel 2 y 3 ni la validez general del DNI, ya que se trata de una actualización técnica y estética orientada a fortalecer la autenticidad del documento y su compatibilidad con sistemas internacionales de lectura y control.
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Respecto del Pasaporte, se determinó que las nuevas versiones contarán con 34 páginas y una hoja de datos en policarbonato personalizada con grabado láser, una mejora que lo adecua a los estándares internacionales de seguridad y resistencia física.
El RENAPER recordó que, conforme a la Ley 17.671, es el único organismo competente para la expedición del DNI, tanto para personas argentinas como para extranjeras con domicilio en el país. El documento es de uso obligatorio en todas las circunstancias en las que resulte necesario acreditar la identidad y no puede ser reemplazado por otro. Asimismo, el decreto 1501/2009 habilitó al organismo a incorporar tecnologías digitales y a definir el diseño, la nomenclatura y los elementos de seguridad del DNI.
El nuevo DNI electrónico mantiene el formato de tarjeta de policarbonato multicapa, con datos grabados por láser, impresión de seguridad y un chip de lectura sin contacto, que permite almacenar información biográfica y biométrica del titular, además de datos sobre la expedición y vigencia del documento. Según el Anexo I, el DNI argentino continúa habilitado como documento de viaje para salir del país hacia los Estados miembros del MERCOSUR y otros países de la región, como Chile, Perú, Ecuador, Colombia y Venezuela.
En cuanto a su contenido, el anverso incluye la fotografía, apellido y nombre, número de documento, sexo, nacionalidad, fecha de nacimiento, fechas de emisión y vencimiento, firma, ejemplar y número de serie. Para menores de edad, se incorporan particularidades vinculadas a la firma y a los datos de padres o representantes legales. El reverso consigna el domicilio, lugar de nacimiento, número de CUIL, número de trámite, código QR, zona de lectura mecánica y la firma de la autoridad competente. En el caso de personas extranjeras, se agregan datos como país de nacimiento, categoría migratoria, fecha de radicación y número de expediente.
La normativa también contempla situaciones especiales, como los DNI para personas naturalizadas, argentinas por opción y el DNI provisorio “CERO (0) AÑO”, destinado a recién nacidos que no pueden completar la toma de datos biométricos por razones de salud.
Uno de los ejes centrales de la actualización es la aprobación de nuevas medidas de seguridad de Nivel 1, verificables a simple vista, que buscan dificultar la falsificación. Entre ellas se destacan la escarapela argentina como marco del retrato, la presencia de símbolos nacionales —como el Sol de Mayo, la Bandera y el Monumento a la Bandera—, impresiones de seguridad avanzadas, ventanas transparentes, hologramas integrados, grabados láser táctiles, imágenes fantasma y el código QR en el reverso. Estas medidas sustituyen a las vigentes desde 2023 y forman parte de una estrategia escalonada de protección documental.
Además de los elementos visibles, se mantiene la plena vigencia de los niveles de seguridad 2 y 3, que incluyen especificaciones técnicas complejas destinadas a la verificación especializada por autoridades y sistemas automatizados, reforzando la integridad del documento frente a intentos de adulteración.
En cuanto a la validez, el Anexo I establece que los DNI emitidos a personas argentinas mayores de 14 años tendrán una vigencia de 15 años. Para menores, el documento debe renovarse entre los 5 y 8 años y nuevamente al cumplir los 14. En el caso de personas extranjeras con residencia permanente, los plazos son equivalentes a los de ciudadanos argentinos, mientras que para quienes poseen residencia temporaria, la vigencia del DNI se extiende hasta el vencimiento de dicha condición migratoria.










