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Ordenan el pago de cuota alimentaria a un padre sin empleo registrado en Luis Beltrán

El Juzgado de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a una demanda por alimentos presentada por una mujer que cría sola a su hija y ordenó al padre —quien no tiene empleo registrado— a pagar una cuota alimentaria mensual fijada como porcentaje del salario mínimo, vital y móvil.

La jueza consideró acreditado que el hombre, joven y en buen estado de salud, realiza tareas en el ámbito informal, por lo que no puede excusarse en la falta de un trabajo formal para eludir su responsabilidad. Además, destacó que ambos progenitores deben contribuir al sostenimiento, educación, salud, vivienda, vestimenta y esparcimiento de la niña.

En su resolución, la magistrada ponderó también el contexto inflacionario que atraviesa el país, y sostuvo que vincular el monto de la cuota al salario mínimo “aparece como un mecanismo ideal que conlleva una actualización directa del monto alimentario”.

Durante el proceso, se verificó que el demandado no posee empleo registrado ni inscripción tributaria y que no compareció a la audiencia preliminar ni acreditó aportes en especie. En cambio, la pericia social determinó que la madre asume casi en exclusividad los cuidados y gastos cotidianos, recibiendo únicamente ayuda económica de los abuelos paternos, quienes suelen cuidar a la niña los fines de semana.

El fallo reafirma el principio del interés superior del niño y la obligación de ambos padres de garantizar su bienestar integral, más allá de la situación laboral formal o informal en la que se encuentren.

Con información de la Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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