El equipo de la Fiscalía Descentralizada de Río Colorado formuló cargos contra una médica tocoginecóloga y un licenciado en obstetricia por un hecho ocurrido el pasado 17 de junio en el hospital local, donde —según la acusación— un feto perdió la vida durante el trabajo de parto de su madre.
De acuerdo con la hipótesis fiscal, el hecho se habría desarrollado entre las 8 y las 13 horas de ese día, “en circunstancias en que la víctima cursaba un trabajo de parto avanzado, encontrándose bajo la asistencia del hombre imputado en ejercicio de su rol profesional”.
El fiscal describió que, durante la atención y en presencia de la pareja de la gestante, el profesional habría adoptado maniobras expresamente desaconsejadas por la práctica médica y contrarias a las guías y consensos internacionales de atención obstétrica. Además, habría ejercido un trato hostil hacia la mujer, lo que —según el Ministerio Público Fiscal— configuró un contexto de violencia obstétrica conforme al artículo 6 inciso e) de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.
“Como consecuencia de dichas acciones, el feto habría sufrido un cuadro de características vitales que derivó en su muerte”, sostuvo el fiscal durante la audiencia de formulación de cargos.
En la sala de partos también se encontraba la médica especialista en tocoginecología, quien —según la acusación—, pese a presenciar las irregularidades cometidas por su colega, habría omitido intervenir y disponer las medidas necesarias para resguardar la integridad de la paciente y la vida del feto.
“Tales conductas fueron desplegadas por ambos imputados en el marco del incumplimiento de los deberes funcionales que les correspondían como profesionales de un hospital público”, señaló el fiscal.
Por su parte, la defensa penal pública, que representa al licenciado en obstetricia, manifestó que no comparte la calificación legal y sostuvo que el hecho “sucedió en el ámbito público y sin dolo, es decir, sin la intención de causar la consecuencia”.
En tanto, el defensor particular de la médica negó la teoría del caso presentada por la fiscalía y afirmó que “de las constancias médicas actuales y del estudio histopatológico surge el respaldo de algunas de nuestras afirmaciones”.
El juez de Garantías, pese a las objeciones de ambas defensas, tuvo por formulados los cargos.
La calificación legal para el hombre imputado es la de “aborto sin consentimiento de la mujer en calidad de autor, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público, en un contexto de violencia obstétrica” (artículos 45, 85 inciso 1°, 86 y 248 del Código Penal y artículo 6 inciso e) de la Ley 26.485).
En el caso de la médica, la imputación es por “aborto sin consentimiento de la mujer en calidad de partícipe necesaria, en concurso ideal con incumplimiento de deberes de funcionario público, en un contexto de violencia obstétrica”, bajo las mismas normas legales.
Finalmente, el juez estableció un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria y dispuso que ambos imputados deben informar al organismo judicial si planean ausentarse del país.
Con información del Ministerio Público Fiscal










