El jurado popular declaró por unanimidad la culpabilidad de Ezequiel Nicolás Medina por el homicidio agravado por ensañamiento de Marisa Coliman, ocurrido en julio de 2023 en Luis Beltrán, y por las lesiones leves contra el hijo de la víctima. Sin embargo, lo absolvió de los agravantes de femicidio y del abuso sexual con acceso carnal.
El veredicto, que llegó tras una semana de debate y la declaración de 23 testigos, fue leído este viernes en la Ciudad Judicial de Roca. Se trató del juicio por jurados número 23 en la provincia de Río Negro, transmitido en vivo por las áreas de Comunicación del Poder Judicial y del Ministerio Público.

El proceso, encabezado por un juez técnico y un jurado integrado en partes iguales por hombres y mujeres, se desarrolló con audiencias públicas desde el lunes. Tras escuchar los alegatos de clausura, recibir las instrucciones finales y deliberar durante casi dos horas, los doce integrantes comunicaron el fallo.
Con esta decisión concluyó la etapa de determinación de responsabilidad. Ahora, se abre un período de cinco días hábiles para ofrecer pruebas en la cesura de pena, donde se definirá el castigo que recibirá Medina.
Una decisión que abre interrogantes
Más allá de la condena por homicidio agravado, la resolución dejó un sabor amargo: ¿cómo puede entenderse que, frente a la brutalidad del crimen y las pruebas presentadas, el jurado haya descartado tanto la figura de femicidio como el intento de violación?
No se trata de un tecnicismo menor. Calificar el asesinato de una mujer por razones de género no solo marca una diferencia jurídica, sino que también reconoce la raíz estructural de la violencia machista. Eludir ese encuadre, cuando los hechos y el contexto parecían orientarse a esa dirección, genera desconcierto y abre la puerta a cuestionar qué peso real tiene la perspectiva de género en los tribunales.
El caso de Marisa Coliman no es uno más. Es un espejo de una justicia que todavía parece dudar a la hora de llamar las cosas por su nombre. Medina fue declarado culpable de asesinar con ensañamiento, pero la ausencia del agravante de femicidio —y la absolución por intento de abuso sexual— obligan a preguntarse qué mensaje recibe la sociedad, y especialmente las mujeres: que ni la evidencia ni la gravedad del hecho alcanzan para nombrar la violencia machista en toda su dimensión.
En tiempos donde la justicia se juega también en el terreno de la confianza pública, fallos como este no solo dictan condenas: también moldean percepciones, siembran dudas y ponen a prueba la promesa de un sistema judicial verdaderamente comprometido con la igualdad y la verdad.
CON INFORMACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL