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Choele Choel: la Justicia ordenó a una ART indemnizar a un recolector municipal lesionado durante su jornada laboral

Un trabajador municipal de Choele Choel deberá ser indemnizado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) luego de que la Justicia laboral de Roca confirmara que la lesión que sufrió mientras realizaba tareas de recolección de residuos fue un accidente laboral y generó una incapacidad permanente.

El hecho ocurrió cuando el empleado corría detrás del camión recolector y pisó mal sobre un cordón. La torcedura le provocó un dolor inmediato: la rodilla se dobló y no pudo continuar con sus tareas. Tras estudios médicos, debió someterse a una cirugía de menisco en la rodilla derecha.

Como empleadora, la Municipalidad de Choele Choel denunció el accidente ante la ART. Aunque el trabajador recibió el alta, quedó con secuelas permanentes. La aseguradora aceptó el porcentaje de incapacidad determinado por la comisión médica, pero se negó a abonar el monto indemnizatorio fijado en sede administrativa. Esa negativa motivó al trabajador a iniciar una demanda judicial.

En la sentencia reciente, el fuero laboral de Roca condenó a la ART a pagar la indemnización correspondiente a la incapacidad sufrida. También reconoció el adicional previsto por la Ley de Riesgos del Trabajo, dado que el siniestro ocurrió durante la jornada laboral y bajo relación de dependencia con el municipio.

La aseguradora, en su defensa, negó responsabilidad y cuestionó el nexo causal entre la lesión y la actividad del recolector. Afirmó que había cumplido con todas sus obligaciones y que el reclamo judicial solo expresaba una disconformidad del trabajador con el trámite administrativo, sin nuevos argumentos.

Sin embargo, el tribunal dio por acreditados el accidente, el vínculo laboral, la naturaleza laboral del siniestro y la incapacidad resultante. Además, convalidó el dictamen de la comisión médica y aplicó la doctrina obligatoria del Superior Tribunal de Justicia.

Con esos elementos, calculó la indemnización tomando como base el promedio actualizado de las remuneraciones percibidas por el empleado en el año previo al accidente, conforme exige la legislación vigente.

Con información de la Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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