Inicio / VALLE MEDIO / Beltrán: Levantan restricciones a un mecánico que regularizó parte de una deuda alimentaria, aunque aún resta actualizar el monto

Beltrán: Levantan restricciones a un mecánico que regularizó parte de una deuda alimentaria, aunque aún resta actualizar el monto

La Justicia de Familia de Luis Beltrán resolvió levantar la retención de la licencia de conducir y la suspensión de la habilitación comercial de un taller mecánico, luego de que su propietario depositara el monto fijado para cancelar una deuda por alimentos acumulada durante más de un año. No obstante, el fallo aclaró que la obligación no quedó completamente saldada, ya que aún resta liquidar la actualización prevista por la resolución judicial.

El trabajador solicitó el cese de las medidas cautelares al sostener que había regularizado su situación y que se encontraba cumpliendo con la cuota alimentaria establecida en la sentencia definitiva. Sin embargo, la madre del niño se opuso al pedido al considerar que el pago no contempló la actualización de las cuotas suplementarias conforme al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La jueza rechazó esa oposición y dispuso dejar sin efecto las restricciones que pesaban sobre el alimentante. En su resolución, explicó que, si bien el depósito efectuado no extinguió íntegramente la deuda porque resta calcular y abonar la actualización correspondiente, las medidas cautelares tienen como objetivo garantizar el cumplimiento de las decisiones judiciales y no convertirse en una sanción permanente.

El fallo recordó que las cuotas suplementarias fijadas para cancelar los alimentos provisorios debían actualizarse, por lo que la deuda aún no puede considerarse totalmente cancelada.

Asimismo, la magistrada citó un antecedente de la Cámara de Apelaciones que considera razonable levantar la retención de la licencia de conducir cuando esa medida impide al obligado desarrollar su actividad laboral y generar los ingresos necesarios para cumplir con la prestación alimentaria. En este caso, destacó que el hombre es propietario de un taller mecánico, por lo que las restricciones podían afectar directamente su capacidad de trabajo.

La sentencia también dejó a salvo el derecho de la madre a presentar una liquidación actualizada para reclamar las diferencias e intereses derivados de la actualización pendiente. Además, advirtió que, si se registran nuevos incumplimientos en el futuro, podrán volver a imponerse medidas cautelares similares.

Finalmente, el fallo aclaró que nunca se ordenaron embargos sobre bienes del alimentante y que los pedidos de informes al banco y al Registro de la Propiedad Automotor tuvieron únicamente carácter informativo, sin producir efectos restrictivos sobre su patrimonio.

Con información de la Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Deje un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *