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Una joven de Luis Beltrán logró suprimir el apellido paterno antes de recibir su título universitario

A pocos meses de recibirse como Licenciada en Enfermería, promovió una acción judicial para dejar de llevar el apellido de su padre, quien no participó de su crianza. El fuero de Familia hizo lugar al pedido para que su identidad legal coincida con la historia que siempre la representó.

A pocos meses de alcanzar una de las metas más importantes de su vida y recibir su título como Licenciada en Enfermería, una joven de esta localidad tomó una decisión profundamente personal: dejar de llevar el apellido de su padre y conservar únicamente el de su madre. El objetivo era claro: que su diploma universitario reflejara la identidad con la que siempre se sintió representada.

La joven relató que nunca convivió con su padre y que el vínculo durante su niñez fue meramente esporádico. Hace aproximadamente quince años, el contacto se perdió por completo, y fue su madre quien asumió en soledad la tarea de su crianza. Aunque desde niña deseaba suprimir el apellido paterno, debió esperar a alcanzar la mayoría de edad para poder iniciar el trámite legal correspondiente.

Al cumplir la edad requerida, recurrió al Poder Judicial y promovió una acción de supresión de apellido. El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar al pedido y ordenó la rectificación de su partida de nacimiento y del acta de reconocimiento para eliminar el apellido paterno. No obstante, la resolución judicial aclaró un punto fundamental: la decisión no modifica el vínculo de filiación ni los derechos y obligaciones que derivan de esa relación.

Durante el proceso, las testigas convocadas coincidieron en que el padre nunca convivió con la joven, no participó activamente de su crianza ni cumplió con la prestación alimentaria. Asimismo, destacaron que ella siempre se identificó con el apellido materno y que su único deseo era esperar la mayoría de edad para formalizar el cambio.

A esto se sumó una pericia psicológica que concluyó que no existió una “función paterna estable” en su vida, y que la joven construyó su sentido de pertenencia exclusivamente dentro de su familia materna. El informe pericial subrayó que la próxima obtención de su título profesional reforzaba la necesidad de que su nombre legal coincidiera con la identidad con la que se reconoce a sí misma.

Con el visto bueno del Ministerio Público Fiscal y sin objeciones por parte del Registro Civil, la jueza interviniente consideró que se encontraban acreditados los “justos motivos” que exige el Código Civil y Comercial de la Nación para autorizar un cambio de esta naturaleza.

La magistrada entendió que la solicitud respondía a una realidad personal consolidada y que la supresión del apellido permitía armonizar el nombre legal con la “identidad dinámica” de la joven, sin afectar intereses públicos ni derechos de terceros. De este modo, la futura enfermera podrá firmar su tan ansiado diploma con el apellido que la vio crecer.

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