El constitucionalista Eduardo Barcesat no dejó títere con cabeza tras el pronunciamiento del Máximo Tribunal que levantó la suspensión a la derogación de la Ley de Tierras. Calificó de “sibilina” la maniobra de Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz y lanzó una condena implacable contra la inacción de todos los jueces del país que, por omisión, validan un DNU con “nulidad absoluta e insanable”.
En una resolución que ha encendido todas las alarmas institucionales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó sin efecto el fallo que mantenía suspendida la derogación de la Ley de Tierras, abriendo la puerta a que capitales extranjeros adquieran hectáreas rurales sin los límites que la Nación se había impuesto en 2011. Sin embargo, la embestida más feroz contra el Máximo Tribunal y, fundamentalmente, contra la inacción cómplice de la totalidad de los jueces en actividad del país, provino del abogado constitucionalista Eduardo Barcesat, quien calificó la situación como una “humillación a la dignidad del discurso jurídico”.
A través de un pronunciamiento firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el tribunal dejó firme el artículo 154 del DNU 70/23, dictado por el presidente Javier Milei al inicio de su gestión. La controversia había nacido de un amparo del CECIM La Plata, que había logrado un dictamen favorable en la Cámara Federal de La Plata. No obstante, los cortesanos esquivaron el debate de fondo.
Un fallo “sibilino” y la fuga hacia adelante
En diálogo con CódigoBAIRES, Barcesat destrozó el argumento de los magistrados. Lejos de expedirse sobre el valor de constitucionalidad del DNU, los jueces se escudaron en una cuestión puramente formal respecto a la representación del CECIM para revocar la suspensión.
El especialista calificó la resolución como un fallo “sibilino”, acusando a los cortesanos de evadir su responsabilidad histórica. “Quiero aclarar, para terminar de sepultar este fallo indigno, que todo juez que está en presencia de una norma o acto jurídico que no satisface los requisitos de legalidad y razonabilidad tiene que declararlo de oficio”, sentenció el jurista, marcando una línea de fuego que no solo apunta a la cúpula del tribunal, sino a toda la estructura judicial.
Para Barcesat, la maniobra del Ejecutivo y la pasividad judicial ignoran una regla de oro: “En el derecho se deroga lo que alguna vez fue válido”, pero cuando hay una usurpación de facultades legislativas, lo que corresponde es declarar la nulidad absoluta e insanable, tal como lo impone el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional. Esta nulidad, advirtió, implica retrotraer los efectos al día previo a la emisión del decreto y obliga a los funcionarios firmantes a “responder personalmente por los daños y perjuicios”.
La traición de los jueces que miran para otro lado
Lejos de limitarse a criticar a Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz, Barcesat lanzó un dardo envenenado contra el resto de la magistratura nacional. El constitucionalista recordó que la inconstitucionalidad de un acto que viola la división de poderes no requiere que alguien lo denuncie: es un deber ineludible del juez actuar.
Al no actuar de oficio para frenar un decreto que carece de todo sustento constitucional, el Poder Judicial en su conjunto se ha convertido en un validador de facto de la usurpación. “La Corte ha fallado contra la Constitución, contra la legislación en materia de actos del poder político administrador”, denunció Barcesat, extendiendo esa misma responsabilidad por omisión a cada juzgado y tribunal del país que tiene en su mesa un DNU que viola la supremacía constitucional y decide hacer la vista gorda.
El artículo 36 y el llamado a la dignidad del Congreso
Para el abogado, lo ocurrido trasciende la mera técnica legal y roza el golpe institucional. “Lo que dice la Constitución es precisamente para preservar el deber de obediencia a la supremacía constitucional”, explicó, haciendo referencia al artículo 36, introducido en la reforma de 1994.
Este artículo no solo condena los golpes de Estado tradicionales, sino también las usurpaciones del poder. “Cuando un gobierno con legitimidad de origen transgrede los límites de sus incumbencias para apropiarlas de los otros poderes, en este caso, arquetípicamente, del Congreso de la Nación, se activa esta cláusula”, advirtió.
Con el Congreso “al que le han tocado el traste en esta maniobra del DNU 70/23”, Barcesat exigió una reacción enérgica. “Creo que es tal el grado de indignación que en este momento circula en la opinión política y pública argentina que debe hacerse”, reclamó, instando a la Cámara de Diputados a seguir los pasos del Senado y rechazar de forma definitiva el decreto.
Con la Justicia Suprema y el resto de los jueces plegados en una “inacción cómplice” que vulnera su deber de oficio, Barcesat concluyó con una advertencia final: el Congreso posee la herramienta más rápida y directa para anular el DNU, frenar la extranjerización sin límites del territorio nacional y evitar que los firmantes del decreto terminen respondiendo, tarde o temprano, como “infames traidores a la patria”.









