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Fuerte cuestionamiento al STJ de Río Negro por dos fallos sobre derechos indígenas

La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche denunció “racismo estructural” y acusó al máximo tribunal provincial de actuar en sintonía con el Poder Ejecutivo.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro quedó en el centro de una fuerte controversia luego de resolver, en apenas 24 horas, dos causas vinculadas con derechos de comunidades mapuche. Desde la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro cuestionaron duramente ambas decisiones, denunciaron la existencia de “racismo estructural e institucional” dentro del Poder Judicial y acusaron a los integrantes del máximo tribunal de incurrir en presunto prevaricato.

Según publicó el portal Info Territorial, el werken Orlando Carriqueo, integrante de la Mesa Política de la Coordinadora, difundió un extenso documento de contenido jurídico y político en el que calificó los fallos como “vergonzosos” y sostuvo que evidencian la falta de independencia del Poder Judicial respecto del Ejecutivo provincial que encabeza Alberto Weretilneck.

Uno de los casos se refiere al amparo presentado por la familia de un niño de la comunidad mapuche Las Huaytekas, en El Foyel, para solicitar transporte escolar que permita garantizar su acceso a la Educación Intercultural Bilingüe en la Escuela 150 de la comunidad.

El planteo fue rechazado por el STJ con los votos de Sergio M. Barotto, María Cecilia Criado y Sergio G. Ceci, mientras que Liliana L. Piccinini y Ricardo A. Apcarian se abstuvieron. Desde la Coordinadora cuestionaron que la resolución priorizara argumentos administrativos, económicos y vinculados con la división de poderes por encima de los derechos indígenas reconocidos por tratados internacionales.

Carriqueo también cuestionó que el tribunal no haya considerado favorablemente los dictámenes del equipo de Educación Intercultural Bilingüe del Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CoDeCI) ni el aporte presentado como amicus curiae por el Servicio Paz y Justicia (SerPaJ), organización presidida por Adolfo Pérez Esquivel.

El segundo fallo cuestionado está relacionado con la Ley N.º 5755, que establece el protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada para obtener el Consentimiento en Río Negro. La Coordinadora había planteado su inconstitucionalidad argumentando que la norma fue aprobada sin participación del CoDeCI, de la propia organización indígena ni de las comunidades.

El STJ rechazó el planteo con la firma de sus cinco integrantes y utilizó, entre otros argumentos, la falta de existencia de un caso concreto que habilitara la acción. Para la Coordinadora, ese criterio desconoce la naturaleza colectiva y preventiva de la demanda y transforma un requisito propio de los procesos individuales en una barrera para la defensa de derechos colectivos.

Carriqueo fue especialmente crítico con los fundamentos jurídicos utilizados por el máximo tribunal. Sostuvo que la resolución recurrió a jurisprudencia de la Corte de Estados Unidos y dejó de lado precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionados con los derechos de los pueblos indígenas.

Desde la organización mapuche calificaron ambos pronunciamientos como una manifestación de “racismo estructural” y sostuvieron que las decisiones judiciales desconocen estándares internacionales vigentes en Argentina. Además, acusaron a los magistrados de dictar resoluciones contrarias a la legislación y a los tratados internacionales, por lo que plantearon que podría configurarse el delito de prevaricato.

Se trata de una acusación de extrema gravedad que, por su naturaleza, deberá ser eventualmente evaluada por las autoridades judiciales competentes. No obstante, el documento difundido por la Coordinadora vuelve a colocar en el centro del debate la independencia del Poder Judicial rionegrino, el alcance de los derechos de los pueblos originarios y la obligación estatal de garantizar mecanismos de consulta y participación indígena.

La organización también reclamó un cambio en la legislación penal argentina para que el racismo y la discriminación dejen de ser considerados únicamente circunstancias agravantes y pasen a constituir delitos autónomos, con penas efectivas.

“En apenas 24 horas”, sostuvo Carriqueo, el STJ “acabó de confirmar su racismo”, según la dura expresión utilizada en el documento. Desde la Coordinadora anticiparon que continuarán profundizando la defensa de sus derechos territoriales y cuestionando las decisiones que consideren contrarias a las garantías reconocidas a los pueblos indígenas.

El conflicto vuelve así a poner bajo la lupa al máximo tribunal de Río Negro y plantea una discusión que excede los dos expedientes: hasta dónde puede llegar el Poder Judicial al interpretar derechos colectivos indígenas y qué lugar ocupan los tratados internacionales frente a las normas y procedimientos internos de la provincia.

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